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FESA ABOGADOS se especializa en la incorporación y constitución de sociedades anónimas. Nosotros constituimos su sociedad en un tiempo de 2 días laborables contados a partir de haber recibido toda la información, la cual es requerida vía e-mail o a través de nuestro formulario, el cual significará un gran ahorro de tiempo para la elaboración de los documentos de constitución de su Sociedad Anónima. Es importante destacar que no requerimos que las personas se encuentren en Panamá, al igual que no tienen que firmar ningún documento para llevar acabo la constitución de su sociedad anónima ya que la ley que regula las Sociedades Anónimas nos permite poder constituirla sin la presencia ni firma de los solicitantes.

Cuando constituimos una sociedad, es conveniente que se nos sugiera un nombre de su preferencia. En vista que la República de Panamá tiene un gran número de sociedades anónimas ya registradas, recomendamos que se nos proporcione mínimo tres (3) nombres, ya sea en inglés o español, pero en orden de preferencia para buscar la disponibilidad del nombre.

Los nombres que contengan las palabras banco, fideicomiso, fiduciario, seguro o reaseguro, finanzas o similar son restringidos por legislación especial y no pueden ser utilizados sin autorización previa del respectivo cuerpo regulatorio o fiscalizador.

La ley panameña exige que se nombren mínimo tres (3) personas, estas pueden ser todos extranjeros sin ningún incoveniente, esto con el fin que actúen como directores dentro de la junta directiva. Para ello requerimos los nombres completos (no se aceptan iniciales, ni siquiera para el segundo nombre), números de pasaporte, estado civil, nacionalidad y una sola dirección residencial o empresarial en el extranjero el cual abrigará a las tres (3) personas que actúan como directores dentro de la sociedad.

Las mismas personas escogidas como directores pueden actuar como dignatarios, los cuales son los cargos que ocuparán dentro de la sociedad, estos son: Presidente, Secretario y Tesorero. Es importante señalar que los cargos más importantes dentro de una sociedad anónima es el Presidente y el Secretario, ya que para cualquiera modificación que se quiera realizar a la sociedad anónima se debe contar con la firma de ambos. Ahora bien, una persona puede ocupar varios cargos dentro la sociedad anónima.

Otro punto importante, que se nos debe indicar es la actividad principal o específica a la cual se va a dedicar su sociedad anónima, de igual forma, nosotros al momento de redactar los documentos de constitución establecemos un objeto amplio, con el fin de que su sociedad pueda realizar toda actividad lícita que desee sin restricción alguna.

Una vez que su sociedad anónima esté formada, el pago para mantener la vigencia de la misma se hace de manera anual por la suma de US$ 300.00 dólares en concepto de Tasa Única Anual al gobierno de Panamá y adicionalmente US$250.00 dólares en concepto de Agente Residente, lo cual es otro requisito de la ley panameña.

Una vez constituida su compañía usted recibirá los siguientes documentos:

1. Pacto social de la sociedad anónima

2. Libro de Actas

3. Libro de Acciones

4. Certificados de Acciones, con un máximo de 5 acciones

5. Certificado de Registro Público

6. Certificado de Registro Único de contribuyente

7. Aviso de Operación de su compañía

El apostillamiento, traducción al idioma deseado y el envío de los documentos hacia el extranjero tienen un costo adicional

Para resumir, antes que nosotros podemos iniciar con la constitución de una sociedad anónima, requerimos de la siguiente información de parte del solicitante:

1. Nombre de la sociedad, minimo tres (3) en orden de preferencia

2. Nombre completos, números de pasaportes, estado civil, nacionalidad de las tres (3) personas que formarán parte de la junta directiva de la sociedad

3. Una vez se tengan a las tres (3) personas de la junta directiva se debe establecer quiénes ocuparán los cargos de PRESIDENTE, SECRETARIO Y TESORERO dentro de la Sociedad Anónima

4. Indicar una dirección completa, ya sea residencial o empresarial en el extranjero la cual abrigará a las tres (3) personas de la junta directiva

5. Indicar la actividad específica a la cual se dedicará la sociedad

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