preguntas frecuentes sociedades anónimas

Preguntas Frecuentes sobre Sociedades Anónimas

CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD

¿Es necesario que los accionistas viajen a Panamá para poder constituir la sociedad anónima?
R: No es necesario que los accionistas o personas que integren la sociedad tengan que viajar a Panamá para la constitución de la misma.

¿Cuánto es el tiempo aproximado de trámite para la constitución de una sociedad anónima?
R: El tiempo oscila entre 2 a 3 días como máximo para la que la sociedad este constituida en Panamá.

¿Puede el nombre la sociedad ser expresado en cualquier idioma?
R: Si, el nombre de la sociedad puede ser expresado en cualquier idioma tal como lo confirma la ley.

¿Existe alguna diferencia entre las abreviaturas S.A., Corp. o Inc.?

R: No existe ninguna diferencia entre estas abreviaciones y se puede utilizar por igual cualquiera de ellas para una sociedad anónima.

¿Qué papel realizan los suscriptores dentro de la Sociedad Anónima?

R: Los suscriptores son las personas que comparecen a firmar los documentos ante el notario, y los mismos son miembros de nuestra firma legal / Bufete de abogados, esto permite que los accionistas no tengan que viajar a Panamá a firmar ningún documento. Es importante recalcar que los suscriptores no tienen ningún poder o mandato dentro de la sociedad.


CAPITAL SOCIAL

¿Que es el capital registrado de una Sociedad Anónima?
R: El capital registrado es el monto que aparece inscrito el documento llamado Pacto Social. El monto establecido para el capital de una sociedad no tiene que ser desembolsado o depositado en ninguna institución bancaria o gubernamental, para la constitución de una sociedad anónima.

¿Puede ser registrada una sociedad anónima con un capital superior a los US$10,000.00?
R: Si, se puede constituir una sociedad con un capital superior, pero el aumentar involucra pagar más en concepto de registro de la sociedad anónima.

¿Puede ser aumentado posteriormente el capital social?

R: Si, se puede aumentar el capital de una sociedad anónima en cualquier momento sin restricción alguna.


ACCIONISTAS

¿Cuál es el número mínimo de accionistas que puede existir en una Sociedad Anónima?
R: La sociedad anónima puede conformarse con un accionista si desea.

¿Puedes ser los accionistas de cualquier nacionalidad?
R: Sí, los accionistas pueden ser de cualquier nacionalidad sin ningún problema.

¿Cuál es la responsabilidad de los accionistas frente a la Sociedad Anónima?
R: La responsabilidad de los accionistas es limitada a cuenta de la cantidad que adeuden a cuenta de sus acciones, según como establece claramente la ley que regula las sociedades anónimas en Panamá.

¿Es posible emitir certificados de acciones al portador?
R: Si es permitido emitir acciones al portador sin ningún problema.

¿Cuando los certificados de acciones se emiten al portador. ¿Debe pagarse el capital total de las mismas?
R: Al emitirse acciones al portador las mismas deben estar totalmente pagadas y liberadas, según lo que establece la ley.

¿Cuál es la diferencia entres la emisión de acciones al portador y las acciones nominativas?

R: En las acciones al portador no aparece el nombre del accionista y por tal motivo la persona que tenga la acción en su poder se considera el dueño de la misma, en cambio en las acciones nominativas estas llevan el nombre del accionista inscrito en el certificado de acción.

¿Qué tipo de acciones son mejores; al portador o nominativas?
R: Ambas acciones tienen sus beneficios particulares, pero las acciones nominativas brindan mayor seguridad al momento de querer transferir porque especifica el nombre del accionista dentro del certificado de acción, en cambio las acciones al portador su transferencia es mas fácil de realizar.

¿Las acciones pueden ser transferidas en cualquier momento?
R: Si, las acciones se pueden transferir en cualquier momento sin restricción alguna, pero primero se debe ofrecer a los accionistas de la sociedad y si en tal caso ningún accionista desea las acciones entonces se podrá ofrecer a una persona fuera de la sociedad.


DIRECTORES Y DIGNATARIOS DE LA SOCIEDAD

¿Quiénes son los miembros de la junta directiva de la Sociedad Anónima?
R: Son las personas que administran y dirigen los negocios de la sociedad anónima.

¿Deben ser los directores de la sociedad anónima de nacionalidad panameña?
R: Los directores pueden ser de cualquier nacionalidad sin ningún problema.

¿Cuánto es el mínimo de miembros que debe tener la junta directiva de una Sociedad Anónima?
R: La junta directiva debe estar compuesta con un mínimo de tres (3) miembros y la ley no establece un máximo.

¿Puede un mismo miembro de la Junta Directiva ocupar el cargo de Presidente, Secretario y Tesorero dentro de la Sociedad Anónima?
R: Si, un solo miembro puede ocupar más de un cargo o todos si desea dentro de la Sociedad Anónima, pero es obligatorio que dentro de la junta directiva estén las tres (3) personas como mínimo.

¿Cuál es la diferencia que existe entre nombrar mis propios directores y escoger la opción de que ustedes me provean el servicio de directores nominales?
R: Al escoger directores nominales puestos por nosotros, la identidad suya y de sus socios será totalmente anónima y confidencial, ya que ninguno aparecera en el documento público.

¿Los directores nominales nombrados por ustedes, participaran de alguna manera en las actividades de la sociedad?
R: No participaran en las actividades de la sociedad, y solo efecturán reuniones de junta directiva cuando así lo determinen y decidan los accionistas.

¿Deben ser los accionistas miembros de la Junta Directiva de la Sociedad Anónima obligatoriamente?
R: No existe obligación alguna que establezca que los accionistas deben pertenercer a la junta directiva de la sociedad.


AGENTE RESIDENTE

¿Cuáles son las funciones del agente residente?
R: Es el abogado o Bufete/firma de abogados que se encarga de registrar y constituir la sociedad anónima. La ley que regula las sociedades anónimas en Panamá obliga y exige que toda sociedad anónima cuente con un agente residente idoneo para que la represente legalmente en Panamá y además que es un requisito fundamental que se debe cumplir para constituir las sociedades anónimas.

¿Tiene el agente residente algún tipo de participación en la toma de decisiones dentro de la Sociedad Anónima?
R: No, los únicos que tienen poder y participación dentro de la sociedad anónima son los accionistas, apoderados o directores según sea el caso. Los agentes residentes solo se encargan de registrar en actas las decisiones que tomen las personas antes mencionas, concerniente a la soceidad anónima.

¿El agente residente puede ser reemplazado por otro en cualquier momento por los accionistas de la Sociedad?
R: Sí, puede ser reemplazado en cualquier momento por decisión ya sea de los accionistas o directores de la sociedad, según sea el caso.


INSCRIPCIÓN Y PUBLICIDAD DE LA SOCIEDAD

¿Qué es el Registro Público de Panamá?
R: Es una Institución del Estado donde se registran e incriben las sociedades anónimas que se constituyen bajo el ordenamiento jurídico panameño, al igual que las sociedades extranjeras que vayan a realizar actividades en Panamá.

¿Qué son los datos de inscripción de una Sociedad Anónima?
R: Son aquellos numeros que asigna el Registro Público de forma automática una vez inscrita y registrada la sociedad anónima, a la cual le asignan un número de Ficha y un número de Documento.

¿Puede una vez inscrita la sociedad ser vista en su totalidad por terceras personas?
R: Si, una vez inscrito el documento en el Registro Público se pueden ver un pequeño resumen de los datos de la sociedad anónima a través de la pagina web del Registro Público de Panamá, el cual puede ser accesado por cualquier persona nacional o extranjero.
Es importante recalcar que la ley prohibe el registrar información de los accionistas de la sociedad, esto garantiza el anonimato y confidencialidad de los mismos.

¿Qué datos aparecen en el documento de constitución de la sociedad anónima que se inscribe en el Registro Público?
R: Los datos que aparecen en el documento son los siguientes: Los suscriptores del pacto social, Nombre de la sociedad, El capital social, Nombre de los directores, Dirección de los directores, Los cargos de los directores y Nombre del agente residente.

¿Los nombres de los accionistas aparecen registrados en el documento de constitución de la sociedad anónima que se inscribe en el Registro Público de Panamá?
R: No, aparecen registrados en el documento de constitución solo aparecen en los certificados de acciones siempre y cuando sean nominativas o en el libro de registro de acciones de la sociedad anónima.

¿Cómo se controla una sociedad anónima con directores nominales?
R: A través de un Poder General de administración en documento privado para que el accionista pueda realizar actos en la sociedad sin previa autorización de la junta directiva.


IMPUESTOS

¿Cuánto es el impuesto anual que deben pagar las Sociedades Anónimas?
R: El impuesto anual que toda sociedad anónima debe pagar al Estado Panameño es de US$300.00 dólares.

¿La tasa o impuesto anual de las sociedades anónimas comienzan a correr desde la fecha de constitución, o hay unas fechas fiscales predeterminadas?
R: Si, existen fechas fiscales predeterminadas para realizar los pagos, los cuales están divididas en dos (2) periodos fiscales el primero va del 1 de enero al 30 de junio y el segundo del 1 de julio al 31 de diciembre.
El saber en que periodo fiscal pagar se determina en el mes de constitución la sociedad anónima, y se puede encontrar en la última página del documento de constitución de la sociedad anónima a un costado del sello dado por el Registro Público.

¿Tendremos que pagar algún impuesto sobre las ganancias, si tengo una sociedad anónima en panamá, pero los negocios de la misma se harán en el extranjero?

R: Las sociedades anónimas no pagan impuestos de ganancias o bienes hechas en el extranjero.

¿Una sociedad anónima offshore o que realizara actividades en el extranjero debe presentar declaración de impuesto sobre la renta en Panamá?
R: No está en la obligación de presentar declaración de renta si las actividades de la sociedad anónima se generan fuera de Panamá.

¿Debo pagar impuestos en Panamá?
R: Sí, se paga impuestos de toda actividad que se genrere dentro de la República de Panamá, más no se pagan impuestos de las que se generen en el extranjero.

¿Cuánto es el impuesto sobre la renta que deben pagar aquellas sociedades anónimas que generan renta en Panamá?
R: Las sociedades anónimas que generan actividades dentro de la República de Panamá deben pagar un impuesto sobre la renta de 30% sobre la ganancia.

¿Si tengo una cuenta bancaria en Panamá a nombre de una sociedad anónima debo pagar impuesto sobre los intereses que genere esta cuenta, aunque el dinero sea producto de actividades comerciales realizadas en el extranjero?
R: No, usted no tiene que pagar ningún impuesto por los depositos de dinero efectuados a una cuenta bancaria en Panamá a nombre de la sociedad.

¿Para facturar a nombre de una sociedad anónima desde Panamá se requiere de una oficina local en Panamá?
R: No se requiere tener un local u oficina para poder facturar a nombre d euna sociedad anónima.

¿Las personas que no residen en Panamá y que son contratados a través de una compañía o sociedad panameña deben pagar impuestos en Panamá?

R: No, si la actividad que ejerce esta persona es fuera de Panamá no tiene que pagar impuesto sobre la renta.


COMERCIO Y ACTIVIDADES DE LA SOCIEDAD

¿De qué tipo de activos puede ser dueña una Sociedad Anónima?
R: Puede ser dueña de cualquier tipo de activos desde bonos hasta bienes inmuebles.

¿Puede una sociedad anónima poseer bienes inmuebles fuera de Panamá?
R: Si puede y de todo activo que tenga en el extranjero a nombre de la sociedad anónima no paga impuestos en Panamá.

¿Qué tipo de actividades puede llevar a cabo una Sociedad Anónima panameña?
R: Las sociedades anónimas pueden realizar cualquier tipo de actividades siempre que las mismas no sean considerandas como ilícitas o contrarias a la ley dentro de Panamá.

¿Qué tipo de actividades son consideradas como ilícitas?
R: Las que se relacionen a narcotrafico, blaqueo de capitales, enriquecimiento ilicito, lavado de dinero, terrorismo, tráfico de personas y otros de esta índole.

¿Además de las actividades ilícitas, existen otras actividades restringidas?
R: Existen actividades restringidas que por ley requieren para el ejercicio de la actividad previas autorizaciones, algunas de estas actividades son: el ejercicio de seguros y reaseguros, el ejercicio en bolsa y valores, ejercicio en sistema bancario y alguna otras.
Pago de su sociedad

¿Está incluido el costo de envío de la sociedad anónima dentro de los honorarios?

R: No está incluido, ya que el costo del envio de los documentos varia dependiendo del lugar de destino, por parte de las empresas que se encargan de hacer llegar los documentos a los destinatarios.

¿Cómo puedo cancelar el pago por sus servicios al momento de constituir la Sociedad Anónima?
R: Los pagos se pueden realizar a través de transferencia bancaria internacional a nuestra cuenta.

 

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